(Nota originalmente publicada por "Rebelión" y "kaos en la red" el 6 de junio de 2012)
A propósito de la particular actitud de muchos hombres y mujeres, celebrando la latente incorporación del “feminicidio” a nuestro Código Penal. Una aproximación desde la criminología crítica abolicionista.
A propósito de la particular actitud de muchos hombres y mujeres, celebrando la latente incorporación del “feminicidio” a nuestro Código Penal. Una aproximación desde la criminología crítica abolicionista.
1) GENESIS PATRIARCAL
El Sistema Penal moderno -aquel
que ininterrumpidamente regula los conflictos sociales denominados “delitos”,
desde el siglo XIII d.c. hasta nuestros días-
surge como consecuencia natural de una sociedad eminentemente
patriarcal, y con el propósito de mantener intactas sus principales
características. El poder, otrora disperso, se centraliza bajo la figura de
embrionarios estados nacionales y modelos mercantilistas de expansión
territorial, bendecidos por un “Dios” único, universal e imperialista –hombre,
por supuesto- y un selecto grupo de intérpretes divinos que desde la
justificación ideológica de la Santa Inquisición, las Cruzadas, la asimilación
del “Delito” con el “Pecado” y la normalización de la tortura como mecanismo
probatorio -entre otras atrocidades- buscó siempre -y sistemáticamente-
complacer a los poderosos, manteniéndose
notablemente lejos de cualquier atisbo de lo que comúnmente denominamos
“justicia”.
2) ENEMISTAD DECLARADA
El Sistema Penal moderno operó
siempre a partir de la construcción de enemigos. Chivos expiatorios –de
sobrerrepresentada peligrosidad- que de por sí justifiquen la puesta en marcha
de su maquinaria. En primer lugar fueron los herejes y su hilarante vocación
por cuestionar la religión por entonces dominante –la católica-. Cuando estos
fueron exterminados, tarea que no llevó demasiado tiempo, ya que a decir verdad
los herejes organizados nunca fueron demasiado numerosos, se tuvo que recurrir
a la edificación de un enemigo diferente. Las mujeres, genéticamente más
proclives al pecado –de acuerdo a los sabios religiosos de aquellos tiempos-
fueron las distinguidas con semejante galardón. Eva y su excluyente
responsabilidad en la materialización del pecado original y la recurrente
tendencia de las mujeres a pactar con el demonio, fueron “mitos” harto
desarrollados desde las artes, las ciencias y, por supuesto, la teología.
3) MISOGINIA
El primer manual criminológico de
la historia fue ni más ni menos que “El Martillo de las Brujas”, escrito en
1486 por Heinrich Kramer y Jacob Sprenger. Dicho texto -manual de culto de
demonólogos, penólogos y criminólogos durante siglos- puede considerarse –sin
exageración alguna- el libro más ofensivo para la mujer de todos los tiempos.
Su lectura es, cuanto menos, vomitiva. Además de suscribir leyendas orgiásticas
y demoníacas en relación al sexo femenino, los monjes dominicos aludidos aseveraron
sin pudor: la inferioridad biológica de las mujeres en relación a los hombres,
la importancia de que las mujeres piensen lo menos posible, su tendencia a
llevar por mal camino a los hombres rectos y su escasa propensión a la fe
divina.
4) JUSTIFICACIONISMO
CRÓNICO
Pensar en una posible autocrítica
del sistema penal es completamente quimérico. Su lógica statuquista, le impide sobremanera
la realización de un gesto semejante. Por el contrario, durante cientos de años
el sistema penal se mantuvo imperturbable, prolongando sus prácticas
inquisitoriales incluso hasta buena parte del s. XIX. La mujer continuó,
entonces, ocupando un lugar claramente marginal y la persecución de brujas se
perpetró inmutable. De hecho uno de los juicios inquisitivos más comentado y
célebre de la historia, aquel que se impone a las “brujas de Salem”, data de
1692.
5) AMOR POR LO
EUFEMÍSTICO
El Sistema Penal es
genealógicamente eufemístico. Nunca declara abiertamente cuáles son sus
verdaderas intenciones. Recurre a burdas puestas en escena o falacias
lingüísticas para presentarse en sociedad.
Hoy, luego de haber utilizado infinitas variantes terminológicas y
desopilantes auto-apologías, se podría decir que, según el sistema penal: los
presos no son presos, son internos; el castigo no es castigo, es tratamiento
penitenciario; y por supuesto la violencia patriarcal y/o de género, una mera acción individual de un hombre contra
una mujer. De posibles marcos socio-estructurales, culturales o políticos, ni
hablar. El sistema penal no nació para eso.
6) BRUJAS DE AYER, LOCAS DE HOY
A partir del siglo XIX, con la
consolidación de la cárcel como instrumento principal del sistema penal y el
desarrollo conceptual del positivismo criminológico, la mujer continúa siendo
estigmatizada por el aparato represivo, pero esta vez no por “bruja”, “pecadora”
u “orgiástica”, sino por “loca”. Cesare Lombroso y especialmente su hija Gina,
fueron los responsables de teorizar al respecto. Para ellos las mujeres no
cometían delitos por “maldad”, sino por “debilidad mental”. Dicha creencia se
mantiene hasta nuestros días; prueba de ello resulta, por ejemplo, la notable
diferencia entre la cantidad de pastillas psiquiátricas que se les entregan a
las mujeres en prisión, en relación a lo que sucede con sus pares hombres.
7) LA CÁRCEL COMO CAJA DE RESONANCIA
El sistema penal y en particular
la cárcel, en su afán netamente statuquista, sólo se limita a reproducir
intramuros lo que sucede extra muros. Los seleccionados para habitar su espacio
mantienen a rajatabla su marginalidad de origen (la selectividad del sistema
penal, hace que sus clientes sean mayoritariamente “pobres”) e incluso la
agravan. Con las mujeres pasa exactamente lo mismo. Se incorporan al sistema
penal desiguales y durante su estadía en él, mantienen y/o maximizan tal estado
de incongruencia sexista.
8) LA CÁRCEL COMO
MODELADOR DE PROTOTIPOS
La cárcel imbuida por la lógica
patriarcal de origen del Sistema Penal, busca consolidar intramuros, el modelo
de “buena mujer” y “buena madre” que obtusamente repiten las facciones más
conservadores y reaccionarias de nuestra sociedad. Si de por sí se discrimina a
la mujer en el medio abierto,
estereotipándola o señalándola con un enorme dedo acusador si osa
contradecir su destino “sumiso y servil”, la cárcel lo hace diez veces más. No
hay margen para ir en contra de esa corriente. Las actividades que se les
asignan a las mujeres en prisión son una clara muestra de ello. La oferta
laboral para ellas, rara vez sea diferente a la realización de manualidades,
cocina o actividades de tipo “corte y confección”.
9) ¿RESOLVER
CONFLICTOS? JAMÁS
El sistema penal no resuelve
conflictos, los agrava. Ninguna de las funciones de la pena tiene legitimidad
y/o aval empírico alguno. El macho violento no deja de cometer delitos por la
existencia de una amenaza punitiva en el Código Penal. Eso hay que dejarlo
claro. La única realidad es que el conflicto social que pasa por la esfera de
lo punitivo se ve casi inercialmente multiplicado, en lo que respecta a sus
consecuencias gravosas, unas cuantas veces. El Estado se apropia del conflicto
entre particulares, olvidando por completo a sus protagonistas reales. Sólo le
importa reafirmar su espacio de poder. No hay reparación de daño ni nada que se
le parezca. La víctima es un “dato” olvidado en un expediente, y el victimario
declarado culpable un “dato” olvidado en una jaula de acero.
10) ¿PREVENIRLOS?
TAMPOCO
Si alguna faceta interesante
podría llegar a tener la actividad legislativa del Estado a la hora de lo que
comúnmente se denomina violencia de género, es la que hace a la posibilidad de
implementar activamente políticas preventivas. El derecho penal, obviamente, no
sirve a esos fines. En un Estado de Derecho como el nuestro, la sanción penal
sólo debe aplicarse cuando la conducta prohibida se encuentra efectivamente
materializada. Nuestra Constitución no permite la implementación de castigos
“por las dudas”. Lo represivo es represivo. A la prevención habrá que buscarla en
otra parte.
……….
Festejar la incorporación de una
página más a nuestro Código Penal, es en cierto punto festejar cada uno de los
ítems señalados, y con ello legitimar
una de las estructuras más machistas que la historia universal recuerde:
el sistema penal.
Compañeros y compañeras
feministas, legisladores del universo todo de nuestro mapa político, militantes
por la reivindicación de los derechos humanos de todos y todas: antes de
festejar la latente incorporación del “feminicidio” a nuestro Código Penal,
evalúen la procedencia de apagar un incendio con nafta.
Maximiliano Postay