Apostillas sobre la
mediatización del castigo y sus consecuencias sociales
I.
La actualidad de los
medios de comunicación en relación al tratamiento que hacen de la criminalidad
y a la cobertura que realizan de las diferentes actividades de las agencias del
sistema penal, es cuanto menos preocupante.
La espectacularidad,
la utilización de seres humanos con fines lucrativos, la instalación del miedo,
los discursos tendenciosos y la banalización de las problemáticas sociales, son
moneda corriente en la televisión, la radio y los medios gráficos.
“El espectáculo
puede dejar de hablar de algo durante tres días y es como si ese algo no
existiese. Habla de cualquier otra cosa y es esa cosa la que existe a partir de
entonces. Como puede verse, las consecuencias prácticas son inmensas”. (DEBORD,
1990, p. 32).
Se explota la
rentabilidad del “crimen”. Se negocia con el dolor de los demás, llevando la
cobertura mediática a niveles de extrema morbosidad.
En Argentina son
harto famosos los titulares del diario Crónica, reproducidos a su vez por el
canal de televisión del mismo nombre.
Fondo rojo, letras
blancas y una música que recuerda bastante a las marchas militares
ultra-nacionalistas del siglo XIX. Racismo, desparpajo informativo o vaya a
saber uno que extraña motivación: “Accidente fatal en Flores: Mueren dos
personas y un boliviano”, supo leerse alguna vez en algún mediodía frente a la
pantalla de la “caja boba”.
II.
Una de las
problemáticas que más pueden llegar a preocuparnos en torno a los medios de
comunicación y su relación con el aparato punitivo es aquella que se
circunscribe a la publicidad del juicio penal. Momento culmine en el cual el
sistema represivo del Estado pretende legitimarse cual años atrás lo hacía desde
el patíbulo.
Los medios masivos
de comunicación, generando juicios paralelos vacíos de garantía alguna,
doblegan la violencia estructural, que de por sí tiene el sistema penal.
En el marco de una
sociedad globalizada posmoderna e híper industrializada, con los avances
tecnológicos que se encuentran en la actualidad a disposición del ciudadano
medio, sería necio hablar de la publicidad de los juicios penales limitándonos
sólo a lo que acontece en el marco físico de las cortes judiciales.
Los medios de comunicación,
y en especial la televisión desbordaron todo posible límite tempo-espacial,
llevando lo acontecido en los tribunales al hábitat cotidiano de la real
masividad.
La atención directa
que el pueblo ejercía en los enjuiciamientos acusatorios típicos de la cultura
helénica clásica se ve siglos más tarde suplantada por espectadores que desde
el cómodo espacio del salón de sus hogares ejercen diariamente funciones de
“contralor” en forma consciente o inconsciente.
III.
Pero ¿qué es lo que
les llega a estos consumidores de medios masivos de comunicación? Evidentemente
algo muy distinto a lo que en el preciso lugar de los hechos podrían llegar a
percibir.
La prensa; sea
radial, televisiva o escrita; distorsiona la realidad.
Siguiendo agendas meramente
comerciales (LASSITER, 1996, p. 1000), pone a disposición de la muchedumbre lo
que en ese momento le proporciona mayores réditos económicos.
En una suerte de
retro-alimentación permanente entre la “opinión pública y la opinión publicada”
(SCHNEIDER, 1989, p. 78) se genera un círculo vicioso, en el que no se sabe a
ciencia cierta si la prensa responde a demandas populares o viceversa.
En una sociedad de
masas la ficción suele ocupar un rol aún más determinante que la propia
realidad. El simplismo mediático y la presentación de complejas problemáticas
reducidas a la voz arbitraria de lo efímero nos muestran escenarios que desde
un pensamiento socio-criminológico relativamente serio deben ser fuertemente
cuestionados.
Siempre es mucho más
atractivo presentar a los miembros carnales del conflicto que deriva en un
juicio penal como personajes antagónicos y claramente estereotipados;
criminales maliciosos y detestables por un lado y por el otro víctimas
virtuosas, hasta en ciertas ocasiones queribles, que en un gran porcentaje de
los casos son estructuradas desde lo escénico como incapaces de provocar la
reacción que el victimario finalmente tuvo.
Esto contribuye
necesariamente a la lógica de razonamiento que nos lleva a pensar en el
criminal como un enemigo social y no como un ciudadano que perjudicó a otro.
Se lo demoniza y a
partir de ahí nos creemos con el derecho de tratarlo como algo diferente a un
ser humano. Ente peligroso que como tal tiene menos atribuciones que el
ciudadano no “desviado”.
IV.
Igualmente grave son
las consecuencias sociales que se generan cuando la prensa asociada a los
poderes del Estado -o siguiendo simplemente el ánimo de lucro natural de su
actividad- recrea “modas delictivas” de dudosa verosimilitud material.
La mecánica
mercadotécnica de los medios de comunicación es la siguiente: publican una
noticia sobre determinado delito, si esta noticia tiene buena recepción desde el
punto de vista de la cantidad de ejemplares vendidos o si tiene buen rating, de
ahí en adelante se dedicarán a publicitar hechos de características similares.
La cantidad de
páginas dedicadas a este tipo de sucesos, el lenguaje utilizado para referirse a
los protagonistas de las historias criminales, la utilización de imágenes,
ediciones, música de fondo, entre tantos otros detalles, están fríamente
calculados.
En otro orden de
ideas, vale decir que la prensa y sus particulares métodos, a su vez, puede llegar
a afectar a los propios testigos judiciales (LASSITER, op.cit., p. 968)
generando en sus imaginarios nociones distintas a las que el propio sujeto
efectivamente vio, sintió o escuchó.
El llamado “witness
marketing” resulta
por demás problemático. Testigos declarando fuera del ámbito de la corte y
medios de prensa luchando vorazmente por la primicia.
Finalmente planteo
con preocupación la posibilidad de que en algunos casos la prensa adopte como
propias funciones de investigación que no debería tener, tal es el caso del
ejemplo de la serie “XY ungelost” que durante años en pantalla en Alemania,
Suiza y Austria proporcionó datos para el esclarecimiento de casos pendientes
de resolución, publicando incluso fotos de personas relacionándolas con la
comisión de “delitos” sin que éstas aún hayan sido condenadas en juicio.
V.
La morbosidad del
espectáculo judicial llevado a un extremo tal que en si misma representa un
castigo anticipado para el imputado, también es algo que debe ser atendido.
Para evitar esto no
basta tan solo con limitar el obrar muchas veces despiadado de la prensa, sino
que hay que realmente tratar al individuo como a un ser humano inocente hasta
que una sentencia firme determine lo contrario.
El maltrato recibido
de parte de los jueces o los espectadores del juicio, llámese familiares de la
víctima, llámese personas sin ningún tipo de relación con el caso, son
cuestiones que deben ser completamente repelidas -al igual que las sanciones
preventivas, o la exposición del imputado con esposas u otros elementos
estigmatizantes-.
También es menester evitar
prácticas arcaicas por definición, que llegan hasta el patético extremo de
darle rasgos circenses incluso a la propia muerte.
Repudio
enérgicamente, por solo citar un ejemplo, la publicación de las últimas
palabras de los condenados a la pena capital que el Estado de Texas lleva
adelante en su sitio web oficial. (Véase:
http://www.tdcj.state.tx.us/stat/executedoffenders.htm).
Por último resta
analizar cómo se relaciona el instituto de la publicidad del juicio penal con
el derecho que todo individuo tiene a preservar impoluta su esfera de
intimidad. Otra cuestión largamente debatida que siempre suele generar más
interrogantes que respuestas.
Nuevamente creo
imposible la formulación de reglas absolutas. Lo determinante para equilibrar
la relación de estos dos derechos en latente conflicto será recurrir al
análisis pormenorizado del caso específico.
Con la prensa y
desde su indubitable rol masificador las posibles perturbaciones a este delgado
espectro fueron incrementándose.
Definir hasta qué
punto la publicación de noticias relacionadas a hechos delictivos resultan afectaciones
concretas a la prerrogativa “intimidad” no es tarea sencilla.
VI.
Las problemáticas
son infinitas. Lo público, lo privado, el poder, el no poder y tantas otras
complejas parcelas analíticas tiñen cualquier aproximación que podamos hacer al
respecto.
Entre tantas
vacilaciones, una única certeza: todo lo expuesto, jamás puede ser concebido
como algo aislado.
Un modelo económico
y político se nutre de todo lo aquí puesto en crisis. La cárcel, y el sistema
penal en su conjunto, son por así decirlo sólo el “brazo armado” de un grupo
ideológico represivo mucho más gigantesco y amenazador.
Como bien apunta
Francesc Barata a “La experiencia mediática no podemos considerarla como algo
ajeno a la sociedad, sino que hay que contemplarla como un elemento más del
devenir social” (BARATA, F., 2003, p. 15).
Nada es casual. Todo
tiene un contexto. Estudiar la controvertida relación existente entre los
medios de comunicación masivos y el “crimen”, el control social y sus
vericuetos, prescindiendo de las circunstancias históricas, políticas,
económicas y culturales que la rodean es un acto de irresponsable e inaceptable
reduccionismo.
Maximiliano Postay
BIBLIOGRAFÍA MENCIONADA:
BARATA, F., “Los mass media y la cultura del miedo”,
en Revista Panóptico, nº 6, 2º semestre 2006, Virus, Barcelona
LASSITER, C., TV or not TV. That is the question, en The Journal of Criminal Law
& Criminology, Vol 86, Nº 3, Northwestern University, Chicago, 1996
SCHNEIDER, H., La criminalidad en
los medios de comunicación de masas, en Doctrina Penal, Año 12, Nº 45/48,
Ed. Depalma, Buenos Aires, 1989
DEBORD, G., Comentarios sobre la sociedad del espectáculo, Anagrama,
Barcelona, 1990